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Test XVII – 235 pulsaciones
 

Texto de copia

 

 

cuando  se  haya  incoado el correspondiente  procedimiento

60

 

judicial por los mismos hechos.

32

92

 

1

93

Artículo 5. Beneficiarios

26

119

Podrán  ser beneficiarios de las ayudas previstas  en  esta

60

179

orden:

7

186

a) Los intermediarios financieros que asuman los activos  y

60

246

pasivos de las Secciones de Crédito de Cooperativas que  se

60

306

encuentren  en  la situación descrita en el artículo  2  de

60

366

esta orden.

12

378

Las   ayudas   tendrán  por  objeto  la   compensación   al

60

438

intermediario  financiero cesionario  de  la  asunción  del

60

498

déficit resultante de la diferencia entre el valor  de  los

60

558

activos y los pasivos cedidos.

31

589

b)  Cuando  una  cooperativa se  encuentre  inmersa  en  un

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649

procedimiento concursal, según se recoge en el artículo  16

60

709

de  esta  orden, los intermediarios financieros  o,  en  su

60

769

defecto,   las  Corporaciones  Locales  que  adquieran   la

60

829

condición  de  acreedores, por cesión de  créditos  de  los

60

889

depositantes  originales de la Sección  de  Crédito  de  la

60

949

Cooperativa.

13

962

Las  ayudas  tendrán  por  objeto  la  compensación  de  la

60

1022

diferencia  entre el importe por el que se hayan  adquirido

60

1082

los  créditos  y  su  valor  de restitución,  calculado  de

60

1142

acuerdo  con  la  situación patrimonial de  la  cooperativa

60

1202

puesta de manifiesto en el proceso concursal.

46

1248

 

1

1249

Artículo 6. Criterios de actuación

35

1284

Los criterios de actuación serán los siguientes:

49

1333

a)  La cesión de activos y pasivos de la Sección de Crédito

60

1393

a  un intermediario financiero no supondrá la asunción  por

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1453

éste de posibles pasivos contingentes.

39

1492

b)  Además  de  la disolución de la Sección de  Crédito  se

60

1552

procederá  a  la disolución y liquidación del resto  de  la

60

1612

Cooperativa,  salvo  que se justifique  ante  el  Instituto

60

1672

Valenciano  de Finanzas la necesidad y conveniencia  de  su

60

1732

permanencia para el mejor servicio a sus socios.

49

1781

c)   Por   razones  de  índole  social  o   comercial,   el

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1841

intermediario financiero cesionario podrá asumir,  total  o

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1901

parcialmente, el importe de la quita correspondiente a  los

60

1961

depositantes, a que se refiere el apartado 4 del artículo 8

60

2021

de esta orden.

15

2036

d)  Para la determinación de la cantidad que en concepto de

60

2096

quita  deben asumir los depositantes, se aplicará un  mismo

60

2156

porcentaje  de  reducción  al  volumen  de  los   depósitos

60

2216

mantenidos  por cada uno de ellos. A efectos de  determinar

60

2276

el  volumen de tales depósitos, el Instituto Valenciano  de

60

2336

Finanzas   co

14

2350