Supuesto en el que el legado de cosa específica no se encuentra en el patrimonio del testador. Se distingue según la cosa pertenezca a otro, al propio obligado o al legatario. Si la cosa pertenece a otro hay que distinguir también entre si el testador lo sabe en cuyo caso el legado es válido y basta con adquirirla, o no lo sabía, en cuyo caso el legado es nulo. Si el legado es cosa del obligado se cumple con dar su justa estimación. Finalmente si la cosa legada era del legatario el legado no produce efecto alguno. |