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Consejo General del Poder Judicial
Derecho Constitucional
(Constitución. Art. 122 & alt.)
Denominación que da la Constitución Española al órgano de gobierno del Poder Judicial. El mismo estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años.
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