Hola Lucy.
Le he pegado vueltas al título del asunto y tengo dudas sobre a que te refieres.
a) Si te refieres al embargo del alquiler que ha pagado el inquilino al arrendador cuando el arrendador ha sido embargado. Ejemplo: Soy propietario de una finca y me la ha alquilado Juan. A mi me embargan porque no pago una deuda y dentro de lo que me embargan está el alquiler que todos los meses me paga Juan.
b) Si te refieres al embargo del inquilino que en este caso sería no cuando paga si no cuando paga.
Igual en Yahoo respuestas no me aclaré, por eso te lo pregunto. El procedimiento claro es distinto. Por eso dime de que caso se trata. Un saludo desde España y suerte en tu carrera Lucy.